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Información a Pasajeros

Equipaje de mano

Son todos aquellos efectos personales, libres de cargo, transportados por el pasajero bajo su custodia y responsabilidad en la cabina del avión.

Cada pasajero puede llevar:

  • 1 pieza de equipaje. Peso máximo: 8 kg. Dimensiones máximas: 55cm x 35 cm x 25cm
  • 1 artículo personal (cartera, laptop, bolso de bebé)
  • Todo el equipaje que no cumpla lo permitido será enviado a la bodega del avión
  • Además, cierto equipaje no está permitido como equipaje de mano. Revise todos los elementos prohibidos como equipaje.

Todo el equipaje que se transporta tanto en la bodega como en la cabina del avión es revisado en cada aeropuerto para la seguridad de todos los pasajeros.

Elementos prohibidos

Está totalmente prohibido el transporte de mercancías peligrosas tanto en la bodega como en la cabina del avión, ya que son artículos que pueden poner en riesgo la salud, la seguridad, la propiedad o el medio ambiente. Si no declara estos artículos, atenta contra las regulaciones de la aviación civil. Si aún tiene dudas, revise todas las excepciones para llevar elementos especiales de equipaje.

Elementos no permitidos como equipaje de mano

Armas, elementos cortantes y/o punzantes, líquidos, gel y aerosoles pueden ser transportados sólo en la bodega del avión y los equipos de seguridad del aeropuerto se los quitarán si ingresa con ellos a la cabina del avión. Para dar cumplimiento a esta normativa, el proceso de inspección de equipaje de mano difiere entre aeropuertos. En algunos casos lo realiza la autoridad local (punto de seguridad en acceso a salas de embarque) o bien lo hace el personal de seguridad de nuestra compañía en la puerta de embarque del vuelo.

Armas y elementos cortantes y/o punzantes

Se trata de cualquier elemento para cortar, limas de metal y corta uñas, agujas o palillos de tejer, herramientas, entre otros. Las armas de fuego pueden ser transportadas en la bodega del avión, pero previamente deben ser declaradas y descargadas. No hacerlo es un atentado a las regulaciones de la aviación civil.

Líquidos, gel y aerosoles

En algunos lugares las restricciones son respecto de los productos que ingresan y también de los que son embarcados, por lo que es posible que ciertos productos en aerosoles, líquidos o en consistencia gel, puedan ser retenidos y no reintegrados. Esto no es responsabilidad de la Empresa por lo que se ruega tomar los recaudos necesarios a efectos de evitar contratiempos e inconvenientes a último momento. A pesar de lo anteriormente mencionado, este tipo de productos pueden ser transportados en recipientes cuya capacidad no exceda los 100ml y en bolsas plásticas transparentes resellables con una capacidad máxima de 1l las que deberán ser inspeccionadas por la autoridad local. Lo que puede transportarse son medicamentos y en algunos casos se recuerda la necesidad de que estén acompañados por la receta que expide un profesional médico. Los alimentos para niños (siempre que viaje con los menores) son permitidos en cantidades acordes al tiempo de vuelo previsto.

Artículos voluminosos

Consulte antes de confirmar su pasaje a efectos de no encontrarse con sorpresas desagradables al momento del check-in tanto por la aceptación o por el pago de exceso de equipaje al exceder las franquicias autorizadas Podrían quedar incluídos como parte del equipaje no declarado según su volumen y peso, los instrumentos musicales u obras de arte de gran valor cuyas dimensiones no afecten al pasaje (dependerá de la ocupación de asientos y condiciones que presente el vuelo) Para algunos artículos se deben realizar las siguientes consideraciones:

En artículos deportivos deben estar:

  • Debidamente embalados (bolsa o caja especialmente diseñada para su transporte).
  • El volumen de la pieza embalada no debe superar los 150 cm
  • Que cada pieza no supere los 25 kilos de peso.
  • Debe cumplir con las condiciones de seguridad exigidas para el equipaje y no puede incluirse los considerados PROHIBIDOS.
  • En el caso de las bicicletas armadas, las manillas deben estar fijas en los laterales y los pedales deben ser retirados; de lo contrario se reciben envueltos con un material adecuado que evite que se dañen otros artículos.

En artículos musicales:

  • Por tratarse de artículos frágiles, deben ser transportados en contenedores especiales diseñados para ello.
  • Los instrumentos pequeños pueden ser llevados en la cabina, siempre y cuando vayan dentro de su estuche y cumplan con los requisitos establecidos para el equipaje de mano.

Mascotas y otros animales

Se pueden transportar animales domésticos (como perros, gatos y pájaros ornamentales pequeños) que cumplan con las limitaciones legales del país al que van a ingresar y con la documentación respectiva. En términos generales los animales que se presenten a ser embarcados deberán hacerlo dentro de contenedores adecuados y asegurados para su transporte. Los requisitos sanitarios establecidos por las autoridades competentes, son de cumplimiento obligatorio por lo que se recomienda los recaudos para su transporte (ingreso y salida del país) ya que no es resorte ni oportunidad para que la Compañía tramite dichos requisitos.

Los animales de servicio podrán ser transportados en la cabina del avión siempre y cuando la cantidad de pasajeros a bordo y las condiciones del vuelo así lo permitan. A tal fin se tendrán en cuenta no solo las características del contenedor sino también las dimensiones y el peso del animal observando que dicha presencia a bordo no implique incomodidades o situaciones desagradables a los demás pasajeros embarcados.

Cargos por exceso de equipaje

Cargos con franquicia de 2 piezas de equipaje de 20 kg. cada una.

* Cuando se supere el peso (pero se respete la cantidad de piezas permitidas) se aplica la regla de cargo:

  • Sobre 20 kg. hasta un máximo de 30 kg. se cobra 1 cargo.
  • Sobre 30 kg. hasta un máximo de 45 kg. (si la ruta permite este máximo de peso) se cobran 2 cargos.

* Cuando se supera la cantidad de piezas permitidas:

  • Por cada pieza adicional a las permitidas en la franquicia se cobran 2 cargos.

* Cuando se supera la cantidad de piezas y adicionalmente el peso permitido:

  • Se suman a los dos cargos por pieza adicional, los cargos por sobrepeso de acuerdo a la regla.

Para mayor número de piezas y adicionalmente peso, se deberá despachar como carga.

Problemas con su equipaje

En el caso de encontrarse en esta ingrata y molesta situación, se recomienda tomar las siguientes medidas:

Si no encuentra su equipaje:

  • Si olvidó un artículo a bordo de la cabina, llame al representante de la Compañía para que tome contacto con un miembro de la tripulación si es que el tiempo no ha sido muy prolongado desde que abandonó la aeronave.
  • Si no apareció en la zona de llegada de equipaje del aeropuerto, contacte al personal de la Empresa en el aeropuerto de destino con su documento personal y comprobante de equipaje y entregue una descripción completa del equipaje extraviado. NO SE RETIRE DEL AEROPUERTO HASTA RECIBIR UNA RESPUESTA ESCRITA O HASTA QUE SU DEMANDA HAYA SIDO SATISFECHA.
  • Si aún no aparece y ya realizó el reclamo en el aeropuerto, puede enviar un correo electrónico a la Empresa (Contactos) para consultar sobre dicho extravío.

Si su equipaje resulta dañado:

  • Si en el aeropuerto recibe su equipaje con daños mayores a los que pueden provocarse por el manipuleo o trato recibido, debe hacer lo siguiente:

Contactar al personal de la Empresa antes de abandonar la zona de llegada de equipaje del aeropuerto. NO SE RETIRE SIN RECIBIR RESPUESTA.

IMPORTANTE

  • La Empresa no se responsabiliza por la integridad del equipaje que contenga artículos frágiles y/o perecederos. Tampoco será responsable por los daños menores ocasionados por el normal traslado del equipaje (roturas menores, abolladuras, cortes, manchas, ruedas perdidas, etc.) ni por los daños generados por exceso de peso.
  • La Empresa tampoco acepta responsabilidad ante cualquier daño que se produzca como resultado de las inspecciones de las autoridades de seguridad y su intervención, debiendo, en tal caso, presentar el reclamo ante la autoridad competente.